Municipalidad de Jujuy Jujuy en L�nea Diario Jujuy
San Salvador de Jujuy - ARGENTINA /

Hotel Gregorio
Finca La Colorada

Hotel Gregorio

 

 

Documento de la FATPREN

Libertad de Expresión no
es Libertad de Explotación

      La aprobación, el pasado jueves 15 de octubre, por parte de la Legislatura jujeña de la Ley provincial N° 5.660, por la cual se establece la adhesión al artículo 64 de  la Ley Nacional N° 12.908, “Estatuto del Periodista Profesional”, generó airadas reacciones de algunos medios de comunicación provinciales.
      A través de una solicitada publicada en sus páginas, el diario El Pregón expresó que la norma aprobada puede transformarse “en un instrumento que condicionaría indirectamente la actividad periodística y hasta la estabilidad de las empresas periodísticas”. Lo expuesto esconde tanto la realidad de la cuestión como el sentido de la regulación adoptada.
La ley a la que hace referencia El Pregón no hace más que establecer de qué manera la provincia se adhiere  al cumplimiento de una legislación vigente desde hace más de sesenta años y que es de aplicación obligatoria en todo el Estado Nacional y que se limita a exigir que los empleadores periodísticos tengan en blanco a sus trabajadores y les paguen sus salarios en fecha.
"Año tras año salen del erario público, con destino a las empresas, millones de pesos en contratación de publicidad oficial, se otorgan franquicias, se cancelan derechos aduaneros en un verdadero subsidio estatal, que no podía ser en exclusivo beneficio patronal, sino de todos los que contribuyen con su esfuerzo fecundo al engrandecimiento de nuestra prensa", expresó Juan Domingo Perón, en 1944, al firmar la norma que estableció el Estatuto del Periodista Profesional.
      Por ello, la FATPREN siempre ha exigido a todos los estados provinciales el cumplimiento irrestricto del artículo 64 de la Ley 12.908, que establece que "las dependencias de la administración, reparticiones y autoridades judiciales no podrán disponer publicaciones de ninguna índole, condicionadas a un régimen de tarifas, en diarios, revistas, periódicos y órganos de difusión que utilicen personal comprendido en este estatuto que no hayan cumplido previamente las disposiciones de esta Ley, la de jubilaciones y pensiones de periodistas y toda la legislación social que ampara los derechos del periodista profesional".
      Lo que la provincia ha resuelto es ratificar un criterio elemental de buena administración que se limita a no aceptar como si nada ocurriera que los trabajadores del periodismo estén en negro o que no gocen de la protección de sus derechos. Es tan elemental como que en cualquier actividad los proveedores y concesionarios del estado tengan regularizados a sus trabajadores.
      No es una ley que sancione empresas por tener periodistas en situación de precariedad laboral porque para eso hay otros mecanismos que los gremios utilizamos. La ley que acaba de sancionar la legislatura advierte que no reciben publicidad oficial. No atenta contra la libertad de expresión, sino que garantiza que haya trabajadores de prensa regularizados y que los fondos públicos no sean destinados a empresas periodísticas que multiplican sus ganancias a partir de evadir sus obligaciones previsionales y laborales.
      La FATPREN rechaza las maniobras de presión que algunos empresarios están realizando sobre el gobierno provincial para lograr el veto de la Ley N° 5.660, y hace un llamado al Poder Ejecutivo jujeño para que promulgue esta norma que pone a esa provincia en línea con los esfuerzos que está realizando el Gobierno Nacional para impulsar el trabajo digno, que los trabajadores de prensa tengan derecho al salario en blanco y a la seguridad social. Como quieren todos los trabajadores de todas las actividades del país, como quieren los que compran los diarios, escuchan la radio y ven la televisión para informarse, y como dicen querer los medios que critican los niveles de trabajo en negro que aún queda.

Federación Argentina de Trabajadores de Prensa (FATPREN)
Afiliada a la Federación Internacional de Periodistas (FIP)
Buenos Aires, 18 de octubre de 2010






espacio del lector
Nombre/seudónimo*
Edad * años
E-mail *
Comentario *
 
IMPORTANTE: Está terminantemente prohibido incluir agravios, calumnias, insultos, ataques a terceros, lenguaje inapropiado o cualquier comentario discriminatorio. Recordamos que no se publicarán comentarios que no respeten las reglas.


·
·
·

Copyright © 2008 El Ojo de la Tormenta - Reservados todos los derechos.

Lavalle 261, Oficina 5—Bº Centro - San Salvador de Jujuy (4600) - Jujuy - Argentina.
Teléfono: 0388-4235343 / Fax: 0388-4235343 - Correo: info@elojojujuy.com.ar

.   .