âLa Ordenación del Territorio constituye la expresión espacial de las polÃticas económica, social, cultural y ecológica de una Comunidadâ - Carta Europea de Ordenación del Territorio-1983.
Estado de Situación Mundial
En el transcurso de las últimas tres décadas del siglo pasado fueron desarrollándose a escala global procesos de toma de conciencia respecto al valor real que tienen el territorio y el medioambiente como recursos no renovables, además de constituir el hábitat natural de la humanidad.
En lo que hace al medioambiente, reuniones y cumbres mundiales como la Cumbre para la Tierra de RÃo de Janeiro- Brasil en 1992, la firma del Protocolo de Kioto- Japón en 1997 o la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible de Johannesburgo- Sudáfrica de 2002, han ido direccionando las preocupaciones globales sobre estos temas. Al respecto, en estos momentos se está desarrollando en Brasil la Cumbre Rio+20, donde se está debatiendo la situación ambiental mundial, y el uso racional, justo y sustentable de los territorios.
Sin embargo, debido âentre otras razones- a los fuertes intereses que afectan y se ven involucrados, los procesos de Gestión y Ordenamiento de los Territorios - locales, regionales, nacionales, o supranacionales- se han ido desarrollando de manera diversa en los diferentes paÃses y/o estructuras polÃticas continentales -como es el caso de la Unión Europea-, de acuerdo a sus condiciones polÃticas y a sus idiosincrasias particulares.
PaÃses tan diversos como Sudáfrica, Cuba, Holanda, Francia, Alemania, Colombia, Israel y Japón -entre tantos otros- en diferentes tiempos, con diferentes realidades polÃticas, culturales, económicas y sociales, han iniciado ya su camino hacia el ordenamiento de sus territorios.
El Ordenamiento Territorial
en la Provincia de Jujuy
En el caso de nuestro paÃs, y nuestra provincia en particular, resulta necesario y urgente avanzar en este camino, partiendo de una visión integral y equilibrada de nuestro territorio, considerando a nuestro territorio provincial como parte de una región contenida en el territorio nacional, que a su vez forma parte de un bloque continental que está en proceso de organización a partir de sus relaciones económicas a través del MERCOSUR, y polÃticas a través de la UNASUR.
Pensar la Provincia de Jujuy desde la perspectiva del Ordenamiento Territorial, un proceso prioritario y urgente, significa actualmente partir de los lineamientos del Plan Estratégico Territorial - Avance 2010, elaborado por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios que, en su CapÃtulo Tres- 3.3.1 Franja Norte, y en su CapÃtulo Cuatro, plantea Modelos Actuales y Modelos Deseados para la Región Norte y para la Provincia de Jujuy respectivamente, dentro de un contexto de interrelación con otras regiones - provincias del paÃs y con nuestro entorno continental.
El Marco JurÃdico
Es necesario partir de esta base de Planificación Territorial Nacional, a la que le falta el sustento de una Ley Nacional de Uso del Suelo y Ordenamiento Territorial y UrbanÃstico que regule aspectos vinculados al Ordenamiento Territorial, como asà también el acompañamiento de legislaciones provinciales en esa dirección.
Actualmente a nivel nacional se encuentran antecedentes en dos proyectos y un anteproyecto de ley orientados en este sentido:
- El Proyecto de Ley de Uso del Suelo y Ordenamiento Territorial UrbanÃstico (1764-D-2009) de la Diputada Silvia Augsburger.
- El Proyecto de Ley de Desarrollo Urbano Territorial Nacional (2563-D-2009) de la Diputada Nélida Belous.
- El Anteproyecto de Ley de Ordenamiento Territorial para un Desarrollo Sustentable del COFEPLAN (Consejo Federal de Planificación), que no ha sido presentado formalmente hasta el momento.
En este contexto, a nivel provincial debemos pensar en una Ley Provincial de Usos del Suelo, Ordenamiento Territorial y Urbano que contemple principios del Derecho UrbanÃstico y considere conceptos de EconomÃa Urbana para definir los lineamientos generales de planificación de la Provincia.
El Municipio de San Salvador de Jujuy ha dado ya el primer paso, al aprobar el Concejo Deliberante el Código de Planeamiento Territorial y Urbano (en vigencia), que incorpora los principios y conceptos mencionados en el párrafo anterior.
El Ordenamiento Territorial
como PolÃtica de Estado
La definición del Ordenamiento Territorial como PolÃtica de Estado en los niveles nacional, provincial y municipal, implica aceptar un cambio de paradigma que incluye nuevas formas de relacionar los distintos niveles de gobierno, la reestructuración de estructuras polÃticas y administrativas, y âfundamentalmente- generar instancias de participación efectiva de los ciudadanos en los procesos efectivos de toma de decisión en lo que hace al uso y gestión del territorio.
âLa presente Ley tiene por objeto establecer el Ordenamiento Territorial como procedimiento polÃtico-administrativo del Estado en todo el territorio provincial, entendido éste como PolÃtica de Estado para el Gobierno Provincial y el de los municipios. Es de carácter preventivo y prospectivo a corto, mediano y largo plazo, utilizando a la planificación como instrumento básico para conciliar el proceso de desarrollo económico, social y ambiental con formas equilibradas y eficientes de ocupación territorialâ.
El texto entrecomillado que antecede corresponde al primer párrafo del âArtÃculo 1º- Objetos y Fines del Ordenamiento Territorialâ de la Ley de Ordenamiento Territorial y Usos del Suelo de la Provincia de Mendoza, sancionada por el Senado Provincial el 06/05/2009, esta es la única normativa de este tipo actualmente vigente en el paÃs. Quizás está indicándonos el camino a seguir.
*Arquitecto, director de Ordenamiento Urbano
de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy.
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