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Alberto Matuk

Reforma de la constitución

      El estilo periodístico fresco, original y auténtico que caracteriza la Revista “El Ojo de la Tormenta” constituye toda una invitación a abordar el tema de la Reforma de la Constitución de la Provincia de una manera directa y sin tapujos y poniendo en evidencia los intereses que condicionaron y aún condicionan dicho proceso de reforma.
      En un ensayo elaborado en el segundo semestre del año 2001, sostuve que la reforma de la Constitución Provincial se constituía en el puntapié inicial para el desarrollo y el progreso de nuestra Provincia e instaba a los habitantes de esta bendita tierra a asumir la responsabilidad que nos cabía para la construcción de una democracia más justa, más solidaria y más participativa. Más, advertido del desinterés de la clase política en promover los indispensables cambios estructurales para el fortalecimiento del sistema democrático, afirmaba que era la propia comunidad, a través de sus instituciones intermedias, la que debía generar dicha iniciativa.
      Supuse haberme equivocado cuando pocos meses después, en febrero de 2.002, el Gobernador de la Provincia presentó en la Legislatura de Jujuy un Proyecto de Ley de Declaración de la Necesidad de Reforma de la Carta Magna local, pero la circunstancia de que dicha iniciativa no haya tenido todavía tratamiento parlamentario me otorgó razón: la dirigencia política no quería ni deseaba abordar la tarea reformista. Y, no puedo soslayarlo, ese Proyecto de Ley no contenía en su articulado ninguna mención a la modificación de la duración de los mandatos del Gobernador.
Desde aquella época estaban claras las razones que justificaban el recambio constitucional: si bien nuestra Carta Magna fue para su tiempo una muy buena Constitución, las profundas transformaciones experimentadas en el mundo la fueron desactualizando; producida la reforma de la Constitución Nacional en 1994, dada la prelación de leyes que nos rige, se imponía su urgente adecuación;  era necesario hacer nuestros los modernos institutos creados, como el Consejo de la Magistratura, el Ministerio Público con independencia funcional y autarquía presupuestaria y el de abordar puntillosamente aquellas expresiones de la democracia semi-directa mencionadas en la Reforma de 1986, pero nunca reglamentadas; el instituir mecanismos que nos otorguen garantías de cumplimiento del mandato otorgado por el voto popular, como la revocatoria de mandatos; el adoptar soluciones en el ámbito municipal congestionado permanentemente por conflictos institucionales solamente corregibles mediante modificaciones de orden constitucional.
      Pero esas más que atendibles razones  no eran suficientes para avanzar con la reforma puesto que no estaban presentes las condiciones sociales, económicas y políticas necesarias para atender la problemática reformista. Restaba, además, la voluntad política de  modificar la Constitución. Hoy, tales condiciones están dadas en Jujuy. En efecto, transitamos una etapa de estabilidad institucional consolidada; contamos con  un ordenamiento de las finanzas públicas excepcional; existe contención de las necesidades sociales; obtuvimos la declaración de la Quebrada de Humahuaca como Patrimonio de la Humanidad lo que ha venido a repotenciar el turismo de manera espléndida; se encuentra totalmente asfaltado el Paso de Jama con la inmensa proyección que ello implica y la posibilidad de implementar definitivamente el Corredor Bioceánico; disponemos como nunca con enormes fondos para la obra pública, lo que viene reactivando la economía en forma progresiva y acelerada; a lo que debe sumarse la excelente relación con el Gobierno Nacional y sus beneficiosos efectos.
      Pero hacía falta algo más: se necesitaba de  un disparador de orden político, esto es, un hecho concreto que genere la motivación necesaria para que la clase política motorice el proceso de reforma. Y aquí sí juega un rol importante el tema de la posible reelección del Gobernador, la que yo veo muy positiva en la medida que sea el elemento que permita poner en marcha el que debe convertirse en el verdadero objetivo de todos los jujeños: la modificación de la Constitución Provincial.
      Llegamos así al punto central: la reforma de nuestra Carta Fundamental, en cuanto persigue fortalecer el sistema democrático a través de una mayor y efectiva participación de los ciudadanos en los asuntos públicos, significa restarle atribuciones y facultades a la clase política en beneficio de la comunidad. Vayamos a los ejemplos concretos:
El Consejo de la Magistratura implica que la atribución de seleccionar a los candidatos para ocupar los cargos de la justicia descanse en manos de un Organismo Técnico apolítico.
La Revocatoria Popular condiciona el derecho del titular de un cargo electivo de permanecer cuatro años en sus funciones, pudiendo dicho mandato ser revocado por la voluntad de los ciudadanos con anterioridad a su vencimiento.
      Para terminar con los permanentes y perturbadores conflictos en las Comisiones Municipales se propicia que la o el Presidente de las mismas sea elegido directamente por el voto del pueblo, con un mandato de cuatro años de duración.
      Se busca eliminar privilegios como lo es la inmunidad de proceso de la que gozan legisladores y funcionarios.
      Se pretende consolidar la reforma política, dándole rango constitucional a la ley de internas abiertas, al control del financiamiento de los fondos de campaña y al acortamiento de los plazos de las campañas electorales.
      Se está entonces ante una oportunidad histórica en la que el sector político del Partido oficialista ha considerado necesario fortalecer el sistema democrático y buscar un acercamiento con la comunidad y está dispuesto a hacerlo resignando atribuciones que les son propias y excluyentes por imperio del vigente régimen constitucional provincial.
      Si ese es el marco en el que se propicia modificar la Constitución ningún jujeño puede, de manera seria y razonable, oponerse a ese proceso puesto que sería desperdiciar una oportunidad única para dejar sentadas las bases indispensables para construir una Provincia más digna de ser vivida.
      Ante tamañas perspectivas de progreso y desarrollo, pierde todo protagonismo la discusión sobre si corresponde o no brindarle al Gobernador Fellner la posibilidad de ser reelecto. De esta cuestión interesa solamente rescatar su indiscutido rol de disparador de un proceso reformista que no puede postergarse más tiempo. Sin perjuicio de ello, deseo referirme a la eventual posibilidad de que Eduardo Fellner pueda competir como candidato a Gobernador en el año 2.007, idea que reconozco me seduce.
Señalo una primer premisa: en el campo de los temas objeto de reforma  la posible modificación de la duración del mandato del PE se constituye en un capítulo entre tantos otros que seguramente merecen mayor trascendencia.
      Creo, de manera personal, que debe jerarquizarse y respetarse a ultranza el principio de igualdad y para ello hay que erradicar lo que debe considerarse una discriminación en la Constitución, que es la limitación temporal sobre la reelección impuesta al Gobernador y al Vice-Gobernador. Queda así conformada una segunda premisa: si optamos por la alternancia en los cargos electivos, que haya alternancia para todos; de esta forma, las restricciones que deseen mantenerse o imponerse a las máximas autoridades provinciales deben comprender también a todas las categorías de los cargos electivos. De no ser así, que todos puedan ser reelegidos indefinidamente.
      No debe olvidarse que habilitar a Eduardo Fellner para que pueda competir electoralmente en el año 2007, es simplemente permitirle colocarse en la grilla de partida juntamente con los diversos candidatos de otros Partidos que seguramente se presentarán para la elección de Gobernador de la Provincia. De allí a que pueda vencer en la contienda electoral, dependerá en exclusividad de la voluntad del Pueblo de Jujuy manifestada a través del voto popular.
      Por otra parte, la incorporación del instituto de la revocatoria de mandatos le acuerda a nuestra comunidad un reaseguro adicional sobre el cumplimiento de los mandatos otorgados a aquellos ciudadanos que fueron elegidos para que la represente, circunstancia esta que también debe tenerse en cuenta en el supuesto caso que Eduardo Fellner acceda a un nuevo período como Gobernador. De este modo, Fellner no sólo debe ganar la elección general, sino que está condicionado a que su mandato sea objeto de revocación por la voluntad popular con anterioridad a que fenezca legalmente.
El Gobernador se ha destacado, entre otras cosas, por el buen manejo de los tiempos políticos. Sabrá entonces tomar  la decisión correcta, pero es justo que pueda hacerlo con libertad y sin una cláusula discriminatoria que lo proscriba. Quien ha logrado con esfuerzo y suma responsabilidad crear las condiciones indispensables para el despegue definitivo de la Provincia, merece tener la oportunidad de conducirnos hacia ese destino promisorio que ya podemos vislumbrar.     
      Para concluir, y no obstante saber que puedo incurrir en redundancia, deseo expresar un reconocimiento a los numerosos compañeros que trabajaron en las Comisiones de Estudio conformadas por el Partido Justicialista, para lo cual paso a enunciar una serie de  razones que, a su buen criterio y entender, justifican la reforma constitucional:

1.- Para lograr una democracia concertada y más participativa que le asegure a los habitantes de esta tierra ser protagonistas principales de su propio destino.
2.- Para  vivir en un ámbito de mayor equidad, justicia y solidaridad.
3.- Para corregir la falta de credibilidad que sufre la Justicia mediante la creación del Consejo de la Magistratura.
4.- Para implementar garantías de cumplimiento efectivo del mandato otorgado a los representantes del pueblo, como ser la Revocatoria de Mandatos o Revocatoria Popular.
5.- Para crear mecanismos que permitan conciliar la política con la sociedad a través de la optimización del devaluado sistema de representación.
6.- Para eliminar privilegios como la inmunidad de proceso de la que gozan los legisladores y funcionarios provinciales.
7.- Para ratificar la Autonomía Municipal y dar soluciones definitivas a los permanentes conflictos de orden institucional que se presentan en las Comunas, mediante la elección directa por el pueblo de los Presidentes de las Comisiones Municipales y la creación de la figura del Vice-Intendente en los Municipios.
8.- Para asegurar un financiamiento educativo creciente en forma progresiva y anual.
9.- Para garantir el derecho a la capacitación de los jujeños generando igualdad de oportunidad para todos.
10.- Para el reconocimiento y la incorporación de los derechos preexistentes de los Pueblos Originarios.
11.- Para ratificar la obligación del Estado de preservar y conservar el Patrimonio Cultural y garantizar la identidad y pluralidad cultural.
12.- Para la incorporación de las garantías atinentes a los Recursos Naturales, al Medio Ambiente y a la Biodiversidad.
13.- Para instituir políticas públicas con perspectiva de género.
14.- Para darle a las tierras fiscales un destino social que responda a las necesidades reales de la comunidad.
15.- Para consagrar el nuevo concepto de salud entendido como el derecho humano básico, inalienable e indispensable para el desarrollo social, económico y el logro del bienestar de la persona humana.
16.- Para acordar, en definitiva, un nuevo Pacto Social que contenga los principios rectores de nuestra convivencia en sociedad y de nuestra inserción en el país y en el mundo.






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