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Tras el uso de energías alternativas

Oscar Agustín Perassi
En el empeño de proteger la biodiversidad en la provincia y especialmente en aquellas regiones de mayor vulnerabilidad, presenté ante la Cámara de Diputados de Jujuy, un proyecto de ley referido a la utilización de energías alternativas en las acciones y trabajos que el Estado encare en las regiones de la Quebrada y Puna, acompañado por los Bloques Parlamentarios Primero Jujuy, Por un Nuevo Jujuy y Frente Cívico, reunidos en interbloque.
Se señala en el mismo que, a través de su historia, el ser humano ha ido creciendo en su dependencia energética. Hoy en día es inimaginable la vida sin provisión de energía. Iluminación, calefacción, refrigeración, cocción de alimentos, transporte, comunicación, cada pequeña parte de nuestro mundo cotidiano está ligado a la energía. Energía que puede clasificarse según la forma en que es obtenida, renovable o alternativa, y no renovable o convencional. La convencional o no renovable proviene de fuentes que se agotan, como ser uranio, gas de yacimientos, carbón, leña y petróleo. Las renovables son aquellas que no se agotan, o cuyo agotamiento se proyecta a muy largo plazo, como ser la del sol, la eólica, la producida por la atracción gravitatoria de la luna (energía mareomotriz), la de la tierra (energía geotérmica), etc.
En nuestra provincia, y particularmente en las regiones de la Puna y Quebrada, es factible el aprovechamiento de la mayor parte de estas fuentes de energía alternativas, pero fundamentalmente de las dos más utilizadas en la actualidad: la energía eólica y la solar.
Se denomina energía eólica a la obtenida de las corrientes de aire terrestre. Los sistemas de aprovechamiento de este tipo de energía varían entre pequeños, para generación de electricidad y bombeo de agua y grandes, para producción de energía eléctrica a gran escala. La solar, tiene que ver con los sistemas que aprovechan la radiación del sol incidente sobre la tierra, para calefaccionar y/o generar energía eléctrica. Cabe destacar que influye directa o indirectamente en la producción de otras energías, como la eólica, hidráulica y biomasa. Los sistemas mas utilizados de aprovechamiento de energía solar se diferencian en dos grandes grupos: sistemas térmicos y sistemas fotovoltaicos. Para ambos grupos las regiones del norte de nuestra provincia presentan excelentes condiciones.
En la actualidad, preocupa ver cómo avanza la deforestación en estos alejados y vastos espacios de nuestra provincia. La tola, la queñoa, según cada región son habitualmente utilizados como combustible, lo cual, sumado al elevado tiempo de reproducción de los mismos (40 años para que la tola llegue a su estado de madurez y ochenta en el caso de la queñoa), provoca la paulatina desertificación de aquellas regiones, con las consecuencias que ello conlleva.
El uso de energías alternativas es la solución adecuada para poder combatir ese flagelo. Las familias tienen derecho al uso de combustibles para satisfacer necesidades primarias como la calefacción, la alimentación y la higiene. El Estado debe prever los mecanismos necesarios para que el aprovechamiento de los recursos sea sustentable en el tiempo. Debemos priorizar el uso de este tipo de energías, que están presentes en la naturaleza en forma permanente y que no hemos hasta el momento aprovechado en su plenitud. Este proyecto pretende que sea el mismo Estado, a través de la obra pública y de los planes y programas de apoyo para la construcción de infraestructura, el que dé, no sólo el ejemplo, sino también el puntapié inicial a esta necesaria transformación. Siendo que por otro lado es él mismo el principal, cuando no el único, impulsor de obras en regiones como la Puna.
La propuesta concreta es que, en cada proyecto de infraestructura se prevea que la fuente de energía, tanto para la calefacción como para las instalaciones eléctricas y sanitarias, provenga de recursos renovables. Al efecto las posibilidades son muchas: paneles, termotanques, calefones, cocinas solares, por ejemplo, son hoy una realidad al alcance de cualquier proyecto, en los cuales, si bien la inversión inicial es un poco mayor, la rentabilidad a largo plazo, y fundamentalmente la rentabilidad social, es muy superior.


Artículos del
proyecto
ARTICULO 1º: El Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio de los organismos que considere pertinentes, deberá prever que todos los planes y proyectos que contemplen obras o trabajos públicos y su posterior ejecución, observarán el uso de recursos de energía alternativa, principalmente eólica o solar.


ARTÍCULO 2º: A los fines previstos en la presente ley, divídase el territorio provincial en tres áreas:

1. Región Uno: Comprende los departamentos de Yavi, Santa Catalina, Cochinoca, Rinconada, Susques, Valle Grande y jurisdicciones de las Comisiones Municipales de Hipólito Irigoyen y Tres Cruces del departamento de Humahuaca, con excepción de los ejidos urbanos de las ciudades de Abra Pampa y La Quiaca.
2. Región Dos: Comprende los departamentos de Tilcara, Tumbaya y resto del departamento de Humahuaca y los ejidos urbanos de las ciudades de Abra Pampa y La Quiaca.
3. Región Tres: Comprende los departamentos Dr. Manuel Belgrano, Palpalá, San Antonio, El Carmen, San Pedro, Santa Bárbara y Ledesma.


ARTÍCULO 3º: Lo preceptuado en el artículo 1º será de cumplimiento obligatorio en el ámbito de la Región Uno determinada en el artículo precedente, en toda obra o trabajo público que incluya los siguientes ítems constructivos:

* Sistemas de calefacción, tanto ambiental como de agua.
* Provisión de energía eléctrica a pequeña y mediana escala para instalaciones en viviendas y edificios públicos.
* Instalaciones sanitarias y en cocinas.
* Iluminación de espacios de uso público.
Lo prescrito en el apartado precedente regirá para todo tipo de obras y trabajos de carácter público y específicamente los correspondientes a: hospitales y puestos de salud, edificios destinados a la educación en todos sus niveles, destacamentos policiales, edificios para oficinas públicas, centros comunitarios, edificios de culto, centros vecinales, salones de usos múltiples, polideportivos, planes de viviendas familiares, viviendas sociales, viviendas rurales, mercados, mataderos, edificios para usos industriales o manufactureros, hosterías, siendo este listado de carácter explicativo y no excluyente de otro tipo de edificaciones efectuadas con fondos provenientes del erario provincial.
En el ámbito espacial de la región Dos, determinada en el artículo 2º, lo preceptuado en los apartados precedentes será obligatorio en todas aquellas localidades, poblados o parajes donde no exista acceso a las redes públicas de distribución de energía eléctrica o redes de gas natural y de estudio necesario en el resto de la región.
Asimismo, en el ámbito de las tres regiones determinadas en el artículo 2º de la presente, deberá evaluarse en cada proyecto la conveniencia económica y social de la aplicación de energías alternativas para todo tipo de proyectos de obras y trabajos públicos en los cuales estas puedan reemplazar a las fuentes convencionales de energía.

ARTÍCULO 4º: El Poder Ejecutivo Provincial realizará las gestiones necesarias a fin que en el ámbito del Estado Nacional, en cuanto este actúe sobre el territorio provincial, se tengan en cuenta las prescripciones establecidas en la presente, debiendo a tal fin firmar los convenios que resulten pertinentes.

ARTÍCULO 5º: Invítase a las Municipalidades y Comisiones Municipales a adherir a las prescripciones contenidas en la presente, instrumentando a su vez obligaciones similares para las construcciones tanto públicas como de carácter privado que se ejecuten en su jurisdicción.

.. Energia Solar en la Puna




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